En el blog de hoy, vamos a realizar la continuación del Caso practico del Método de Consolidación Global que comenzamos en el anterior blog. En este ejercicio realizaremos la consolidación en el ejercicio siguiente al de la primera consolidación.
En este caso práctico, omitiremos toda vinculación
fiscal y nos centraremos en la contabilidad, siempre desde un punto de vista
simple y sencillo.
Espero que os resulte interesante
CASO PRÁCTICO 2
Sociedad SICC posee el 52% de
los derechos de voto de la sociedad FUENTE desde
el 1/1.
El valor de
la inversión es de 55.000
El Patrimonio Neto de
FUENTE a 1/1 es:
Capital: 90.000
Reservas: 20.000
Al cierre del ejercicio 2 las dos
sociedades presentan los siguientes balances
y cuentas de P y G.
INFORMACIÓN ADICIONAL
- La Sociedad FUENTE ha vendido al exterior los productos que compro a la Sociedad SICC en el ejercicio anterior. El beneficio contabilizado por SICC en el ejercicio 1 fue de 1500.
- La Sociedad SICC mantiene el camión que compro a FUENTE en el Ejercicio 1 por un valor de 20.000. Se sabe que tenía un valor contable en FUENTES de 18.000, tiene una vida útil de 5 años más y se amortiza de forma constante con valor residual nulo
- SICC concedió a FUENTE en el ejercicio 1 un préstamo a l.p. por valor de 10.000 con un tipo de interés del 1%
Las cuentas
individuales de ambas empresas usan los mismos métodos de valoración y
mismo periodo temporal.
Confeccionar el BALANCE CONSOLIDADO y PERDIDAS Y GANANCIAS CONSOLIDADAS.
SOLUCIÓN
¿Qué método de consolidación debemos utilizar?
Como observamos en el anterio blog, el método de consolidación utilizado será
el Método de Consolidación Global,
ya que al tener la mayoría de los derechos de voto (52%), nos encontramos ante
un grupo (art. 42.1 C.co)
Donde la empresa SICC es
la dominante del grupo y la empresa FUENTE es
la dependiente.
Una vez que tenemos claro, el método a utilizar, procederemos a la confección del Balance Consolidado , Pérdidas y Ganancias Consolidado.
Los pasos a seguir serán:
- Homogeneización
- Agregación
- Ajustes y eliminaciones
Y que desarrollamos a continuación
Procederíamos a la homogeneización de las
cuentas (art.16 y 17 NFCAC)
En este caso no debemos
realizar ningún ajuste ya que en el enunciado se dice que
ambas empresas usan los mismos métodos de valoración y
mismo periodo temporal.
A continuación, realizaremos la
agregación al 100% de las partidas del Balance de Situación de ambas
empresas y de la cuenta de Pérdidas y Ganancias.
- Ajustes que afecten al Balance identificando los asientos con números (1,2..)
- Ajustes que afecten a P Y G los asientos se identificaran con letras (A,B..)
Una vez hechos todos los ajustes los traspasaremos a la hoja de cálculo manteniendo las referencias de los mismos.
Los ajustes y eliminaciones a seguir en ejercicios
posteriores a la primera consolidación serán.
- Eliminación inversión-Patrimonio neto (igual que en la primera consolidación)
- Reconocimiento de la participación de “intereses de socios externos”
- Eliminación de partidas recíprocas y resultados no realizados
- Cálculo de las “Reservas de Sociedades Consolidadas”
- Cálculo de P y G atribuidas a la dominante y P y G atribuidas a Socios externos
La única variación con la primera consolidación es el punto de Cálculo de
las “Reservas de Sociedades Consolidadas”
Se elimina el valor
contable de la inversión financiera que la sociedad SICC (dominante)
tiene en la sociedad FUENTE (dependiente) en la fecha de adquisición con
la parte proporcional que represente dicha participación sobre
el valor razonables del patrimonio de FUENTE.
(Utilizaremos el Patrimonio Neto que tenía la empresa FUENTE en la fecha de 1º
Consolidación)
CAPITAL 90.000
RESERVAS 20.000
Para ello calcularemos la DIFERENCIA DE
CONSOLIDACIÓN:
D S/F = I S/F – t S/F * PN F
Dónde:
S es SICC
F es FUENTE
En nuestro caso:
D S/F = 55.000 – 0,52 (90.000 + 20.000) = -2200
Nos surge una diferencia negativa,
que al tratarse en ejercicio posterior a la de la primera consolidación se debe llevar a mayores reservas de la dominante ya que se trata de un beneficio de un ejercicio anterior
El asiento a realizar solo afectara al Balance y sera:
Al no tener la empresa SICC
el 100% de la participación debemos de crear la
cuenta INTERESES SOCIOS EXTERNOS por
la parte de Capital y Reservas que no corresponde jurídicamente
al grupo (1 – t) y aparecerá en el Patrimonio Neto del Balance Consolidado (art.
45.4 Co.Co) (art. 27 NFCAC)
Intereses socios externos = (1-t S/F) * CF R F
Intereses socios externos = (1 – 0,52) * (90.000 + 20.000) = 52.800
El ajuste solo afectara al Balance y el asiento sera:
Por lo que respecta al Resultado de
FUENTE atribuible a SICC lo dejaremos para
al final una vez hechos todos los ajustes y eliminaciones
necesarios.
También tenemos tener en cuenta que al utilizar las Reservas en la fecha de primera consolidación, posteriormente se deberan atribuir la parte de las reservas que superan en nuestro caso a las de la primera consolidación una vez hecho los ajustes y eliminaciones que afecten a la cuenta de reservas de la dependiente.
También tenemos tener en cuenta que al utilizar las Reservas en la fecha de primera consolidación, posteriormente se deberan atribuir la parte de las reservas que superan en nuestro caso a las de la primera consolidación una vez hecho los ajustes y eliminaciones que afecten a la cuenta de reservas de la dependiente.
A partir de la existencia del grupo, los
resultados producidos por transacciones entre las empresas del grupo deben ser
eliminados, siempre y cuando no se hayan vendido al exterior. (Art.
42. NFCAC)
- EXISTENCIAS (Art. 43 NFCAC)
- La Sociedad FUENTE ha vendido al exterior los productos que compro a la Sociedad SICC en el ejercicio anterior. El beneficio contabilizado por SICC en el ejercicio 1 fue de 1500.
A efectos de consolidación,
Como las existencias se han vendido
durante el año, el beneficio que
anulamos el año anterior se debe reconocer en el año en el que las
mercaderías se venden al exterior.
La contrapartida será un carga a la cuenta
de reservas, ya que la contabilidad se encuentra registrado en el resultado del
año anterior.
Los ajustes afectaran tanto al Balance (3) como ha P y G (A)
Los asientos serán:
Los ajustes afectaran tanto al Balance (3) como ha P y G (A)
Los asientos serán:
- INMOVILIZADO MATERIAL (ART. 44 NFCAC)
Por lo tanto, FUENTES contabilizo un beneficio de 2.000 que a efectos de
consolidación se debe de eliminar. Dicho
beneficio se debe eliminar, contra la cuenta de reservas ya que el resultado a
eliminar se trata del año anterior.
También debemos de eliminar el mayor valor de
la furgoneta en el
BALANCE de SICC.
Posteriormente, debemos proceder a la Eliminación de la amortización
practicada en la parte que supera el valor contable que
tenía en el momento de la venta a SICC
Como ya han transcurrido dos años se habrá amortizado dos años, y en
consecuencia habrá que corregir la amortización de dichos dos años,
reconociendo por un lado el beneficio imputable a el ejercicio 1 (Reservas) y
el beneficio imputable al ejercicio 2 (Resultado)
En nuestro caso como SICC amortizara en sus Cuentas Anuales Individuales 20.000 / 5 = 4.000
Y en las Cuentas Anuales
Consolidadas se deberá amortizar como el valor
contable que tenía en FUENTE: 18.000 / 5 = 3.600
Por lo tanto, deberemos eliminar 400 (4.000 – 3.600) de
la amortización de cada año.
- ELIMINACIONES
POR CRÉDITOS Y DEBITOS RECIPROCOS
En primer lugar, procederemos a la eliminación del saldo pendiente de cobro
El asiento solo afectara al Balance y sera:
Por último, procederemos a la eliminación
de los Gastos Financieros e Ingresos Financieros, repercutidos. En este
apartado como en los anteriores expuestos deben eliminar el resultado de este
ejercicio (Resultado) y del anterior
(Reservas)
Los asientos afectaran tanto al Balance (7) como a P y G (c) y serán:
Los asientos afectaran tanto al Balance (7) como a P y G (c) y serán:
CÁLCULO DE LAS “RESERVAS DE SOCIEDADES CONSOLIDADAS”
Desde la primera consolidación las sociedades dependientes van generando reservas que deben atribuirse a la dominante en función del porcentaje de participación
Desde la primera consolidación las sociedades dependientes van generando reservas que deben atribuirse a la dominante en función del porcentaje de participación
Para el cálculo de las reservas de la sociedades
consolidadas debemos tener en cuenta los ajustes que afecten a las reservas de
la sociedad dependiente y las reservas que tengan en dicho ejercicio
.
La fórmula para calcular las Reservas de las sociedades consolidadas:
t S/F * (Reservas2 Fuente ajustada – Reservas1 Fuente)
Por las reservas que corresponden a socios externos
0,48 * (21.300 – 20.000) = 624
El asiento solo afectara al Balance y es:
El asiento solo afectara al Balance y es:
(9)
Cálculo de P y G atribuidas a la dominante y P y G atribuidas a Socios externos
Una vez que hemos realizado todos los
ajustes y eliminaciones pertinentes procederemos al cálculo del Resultado
Consolidado.
Saldo Total: 9921,19
La cuenta de Resultados de FUENTE con
los ajustes y eliminaciones pertinentes es:
Saldo Total: 7820,81
Del Resultado neto de FUENTE procederemos
a repartir entre lo perteneciente a SICC y
a Socios externos:
El 52% del Resultado corresponderá a SICC = 7820,41 * 0,52 = 4066,82
El 48% restante corresponderá a Socios Externos = 7820,41* 0,48
= 3753,99
Los asientos afectaran tanto al Balance (11) como a P y G (D E) y serán:
Los asientos afectaran tanto al Balance (11) como a P y G (D E) y serán:
TRASPASO HOJA DE CÁLCULO
Una vez ya hemos realizado todos los ajustes y eliminaciones necesarios,
la hoja de cálculo del Balance y P y G nos quedara así:
HOJA CÁLCULO PÉRDIDAS Y GANANCIAS CONSOLIDADAS
Espero que os haya resultado interesante.
En los próximos blogs analizaremos los otros metodos de consolidación
(Proporcional y Puesta en equivalencia)
Un saludo.
(Proporcional y Puesta en equivalencia)
Un saludo.